La Real Federación Hípica Española, en adelante, “RFHE”, facilitó una Nota Informativa acerca de la obligación de los caballos de inscripción en un libro genealógico.
Fue la Comisión Delegada de la Asamblea General del organismo quien aprobó la modificación con fecha 16 de enero de 2023 del precepto 128 del Reglamento General, mencionando una serie de condicionantes necesarios para la obtención de la licencia de los caballos.
Lo que se pretende es unificar criterio con otros territorios, por lo que a partir del 1 de enero de 2024 será obligatorio que cualquier caballo esté inscrito en el Libro Genealógico para obtener la Licencia Nacional del Caballo.
Adicionalmente, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023, se estableció un período transitorio para aquellos que no estén inscritos en ningún libro genealógico de razas pertenecientes a la World Breeding Federation Sports Horses (en adelante, “WBFSH”), ni tampoco en ningún Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España).
Los Ponis no deben cumplir tal obligación.
Aquellos ejemplares de razas registradas con orígenes conocidos han de inscribirse en el Libro Genealógico correspondiente, mientras que los carentes de una raza u orígenes, han de dirigirse a cualquiera de las asociaciones de criadores vigentes.
Cuando esté registrado, han de ponerse en contacto con la Federación Autonómica oportuna para que se incorpore dicho dato a la licencia.
AUTORA
Cristina Prado Benéitez, Abogada en GM Consulting, especializada en Derecho Deportivo Ecuestre. Docente de Universidad y, escritora en diversas revistas del ámbito jurídico y de la hípica. Algunos artículos de la autora:
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