En el ámbito de la hípica, la teoría del riesgo y la responsabilidad civil se aplican sobre todo cuando se produce un accidente durante la enseñanza de equitación. En la Audiencia Provincial de Las Palmas, hubo una sentencia destacada (núm. 84/2018) relativa a la caída de un jinete durante una clase de equitación. La sentencia concluyó que, en este tipo de deporte, el riesgo de caída es un aspecto inherente a la práctica y, por lo tanto, es un riesgo asumido por el alumno.
En este contexto, la teoría del riesgo establece que quien participa en actividades deportivas peligrosas, como la hípica, acepta los posibles daños asociados, especialmente cuando estos son inevitables y comunes en la práctica. Sin embargo, existe responsabilidad del profesor o la escuela de equitación si se demuestra una negligencia clara, como una falta de medidas de seguridad adecuadas o instrucciones inapropiadas para el nivel del alumno. Sin esta evidencia, los tribunales suelen considerar que el deportista ha asumido el riesgo, exonerando a la escuela o al instructor de responsabilidad civil.
Fuente: CENDOJ.
0 comentarios