Montar a caballo no es solo una actividad deportiva o de ocio; implica asumir una responsabilidad relevante desde el punto de vista de la seguridad, la legalidad y la protección tanto del jinete o amazona como del propio caballo. Por ello, la obligatoriedad de contar con una licencia federativa vigente resulta esencial y no debe entenderse como un mero trámite administrativo.
Las licencias deportivas con carácter general tienen validez anual y caducan el 31 de diciembre. Esto significa que, a partir del 1 de enero, es imprescindible que estén correctamente expedidas y en vigor tanto la licencia del jinete o amazona como la del caballo. Montar sin licencia supone carecer de cobertura aseguradora, lo que puede acarrear consecuencias graves en caso de accidente, tanto a nivel personal como económico y jurídico.
La licencia federativa garantiza, entre otras cuestiones, un seguro de responsabilidad civil y de accidentes, imprescindible en un deporte en el que intervienen animales de gran tamaño y fuerza. Además, es un requisito obligatorio para entrenar o competir en centros homologados, participar en concursos oficiales y, en muchos casos, para el simple uso de determinadas instalaciones hípicas.
Cada federación autonómica establece el precio de las licencias, que varía en función de distintos factores: si se compite o no, si la licencia corresponde a un juez, técnico o deportista, o si habilita únicamente para el ámbito autonómico o también para competiciones de carácter nacional. Esta diversidad no resta importancia al objetivo común: garantizar una práctica ecuestre segura, regulada y conforme a la normativa vigente.
Contar con la licencia en regla desde el inicio del año es, en definitiva, una muestra de responsabilidad y compromiso con el deporte ecuestre y con todos los profesionales que lo rodean.














